Becas Fundación

Constituida la FUNDACIÓN RUISÁNCHEZ para dar cumplimiento a la voluntad testamentaria de D. DIONISIO RUISÁNCHEZ FUENTES y siendo el fin fundacional primero: “proporcionar la adecuada instrucción para el aprendizaje a los jóvenes de ambos sexos, naturales del concejo de Ribadesella, nacidos en el año 1993 y posteriores y, excepcionalmente, nacidos con anterioridad a esta fecha y que realicen carreras de duración superior a los cuatro años establecidos para los estudios de grado, o a los que, no siendo naturales de dicho concejo, lleven residiendo en este municipio más de DOS AÑOS, siempre que sean de familias modestas, que carezcan de medios económicos para costear dicho aprendizaje”.

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Artículo 1.- Se convocan aportaciones para jóvenes riosellanos matriculados en centros de estudio o universidades.

Artículo 2.- La cuantía de las aportaciones se financiará con cargo al 70% de los resultados netos de las explotaciones económicas anuales de la Fundación y de los ingresos que ésta obtenga por cualquier concepto.

Artículo 3.- Las aportaciones podrán ser solicitadas por los propios jóvenes o por la familia de los menores de edad.

Artículo 4.– Las aportaciones podrán ser solicitadas para los siguientes niveles educativos:

BACHILLERATO, CICLOS FORMATIVOS Y ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

En el supuesto de existir más solicitudes de las que sea posible atender, tendrán preferencia, para la adjudicación de las aportaciones, los/as alumnos/as en quienes concurran alguna de las siguientes circunstancias por el orden de prelación que se indica:

Tener una renta en el año anterior que no haya superado los siguientes umbrales máximos, expresados en euros:

Familias de 1 miembro 13.236,00
Familias de 2 miembros 22.594,00
Familias de 3 miembros 30.668,00
Familias de 4 miembros 36.421,00
Familias de 5 miembros 40.708,00
Familias de 6 miembros 43.945,00
Familias de 7 miembros 47.146,00
Familias de 8 miembros 50.333,00

A partir del octavo miembro, se añadirán 3.181,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia

Ser huérfanos absolutos
Pertenecer a familias en las que alguno de los miembros esté afectado de minusvalía legalmente calificada.
Pertenecer a familias cuyo sustentador principal se encuentre en situación de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
Pertenecer a familias numerosas.
Pertenecer a familias cuyo sustentador principal sea viudo, padre o madre soltero, divorciado o separado legalmente o de hecho.
Expediente académico del curso 2014/2015.

Artículo 5.-
1. Las solicitudes deberán formularse en el modelo oficial que podrá obtenerse en la Secretaría del IES AVELINA CERRA.
2. El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el día 30 de junio al 17 de julio del presente año. Los impresos se encuentran en la secretaría del centro y en la propia página web.
3. Las solicitudes se presentarán en la Secretaría del IES AVELINA CERRA de Ribadesella.
4. Los/as alumnos/as o los/as padres/madres, tutores o representantes legales que ostenten la patria potestad de los/as alumnos/as menores a los que se conceda la aportación, deberán tener abierta una cuenta en una entidad bancaria con el fin de que le sea ingresado el importe de la aportación concedida.

Artículo 6.– El Patronato de la Fundación recibirá las solicitudes y realizará las comprobaciones y baremaciones pertinentes.

Artículo 7.– Recibidas las solicitudes y comprobadas, se tendrá por desistido de su petición, aquella que no reúna los requisitos exigibles o no acompañe los documentos preceptivos, archivándose la misma.

Artículo 8.– Finalizado el procedimiento de selección, el Patronato resolverá y publicará las relaciones de beneficiarios/as en el tablón de anuncios del IES AVELINA CERRA durante el mes de setiembre, entendiéndose denegadas el resto de las solicitudes.

Artículo 9.– La mencionada resolución pondrá fin al procedimiento y no podrá ser recurrida.

Artículo 10.– La aportación se hará efectiva previa presentación de justificante de la matrícula para el curso 2015/2016.

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Publicado en enero, 2015